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miércoles, 15 enero, 2025

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Con la pandemia mundial de COVID-19 , todavía existen riesgos relacionados con los viajes internacionales, en particular para aquellos que no están completamente vacunados. Más sobre esto bajo COVID-19 . entrada Las normas de entrada cambian con frecuencia con la situación de la pandemia. Por favor, obtenga también información de los organismos oficiales en España para más informacion visita https://ecupunto.com/2022/01/29/donde-viajar-en-2022-europa/. La entrada a España desde todos los países de la UE y asociados a Schengen es generalmente posible. Las personas mayores de 12 años que entren en España por vía aérea (excepto personas en tránsito internacional), independientemente de su país de origen, deberán comprobar a través del portal Spain Travel Health que pueden entrar con su certificado UE digital COVID o bien deberán cumplimentar un formulario electrónico de inmigración en el portal, que genera un código QR que debe presentarse en el check-in y al momento de la inmigración. Esto también se puede hacer usando la aplicación gratuita SpTHtener lugar. Todos los viajeros de 12 años o más (a excepción de las personas en tránsito internacional) deben llevar uno de los siguientes documentos: ya sea un resultado negativo de la prueba; reconocidas: pruebas de amplificación de ácidos nucleicos, p. ej ., pruebas PCR, LAMP o TMA o pruebas de antígenos reconocidas en la Unión Europea ( las llamadas “pruebas rápidas”). La prueba puede haberse realizado no más de 72 horas (pruebas de amplificación de ácido nucleico) o 24 horas (pruebas de antígenos) antes de la entrada. o prueba de vacunación completa o de refuerzo contra COVID-19 . En el caso de una vacunación completa, esta debe haberse realizado al menos 14 días y no más de 270 días antes de la salida con una vacuna aprobada por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) o la OMS . A partir de este momento, el certificado de vacunación debe acreditar una vacuna de refuerzo. El certificado de vacunación para la vacunación completa de los menores de 18 años no tiene fecha de caducidad. o Prueba de recuperación de la infección por COVID-19 en los últimos 180 días. La prueba puede proporcionarse como muy pronto 11 días después del primer resultado positivo (prueba de amplificación de ácido nucleico, por ejemplo , PCR, LAMP o TMA) o prueba rápida de antígeno). El comprobante de recuperación debe contener la siguiente información: nombre y apellido del viajero, fecha de la toma de la primera prueba positiva, procedimiento de prueba utilizado, país de emisión. Todos los documentos de respaldo deben ser electrónicos o en papel en español, inglés, francés o alemán. Puede encontrar más información en alemán en este sitio web. A la entrada se realiza un control sanitario periódico midiendo la temperatura, evaluando el formulario de entrada por parte de las autoridades sanitarias y revisando visualmente al viajero. Las personas con una temperatura superior a 37,5 °C o con otras anomalías pueden estar sujetas a un examen más detallado. Para los que entren desde fuera de la UE , España aplica la recomendación del Consejo de la UE para el levantamiento parcial de las prohibiciones de entrada a terceros países para ciertos países.el reglamento del Ministerio del Interior de Españaalrededor. Las regulaciones exactas se pueden encontrar en el portal Spain Travel Health. salida y transito Puede encontrar información sobre viajes posteriores a Portugal en los consejos de viaje para Portugal. restricciones en el país A nivel nacional, solo existe la obligación de llevar cubreboca y nariz en el transporte público, en los establecimientos sanitarios como hospitales, centros de salud, farmacias, etc. así como para los empleados y visitantes de las residencias de ancianos y geriátricos. Quedan exentos de la obligación los niños menores de seis años y las personas a las que por motivos de salud esté contraindicado el requisito de la mascarilla. Las autoridades españolas siguen recomendando el uso de cubrebocas y nariz para colectivos especialmente vulnerables. Peculiaridades en las islas Las Comunidades Autónomas pueden, con la aprobación de los tribunales y en función de la situación de contagio, imponer restricciones locales de movilidad y otras y limitar las reuniones a un número de personas. La información sobre posibles restricciones en las Comunidades Autónomas está publicada en la página web del gobierno regional respectivo. Se pueden encontrar más enlaces a los reglamentos de las comunidades autónomas individuales en el sitio web del Ministerio de Salud de España.

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